TÉRMINOS DE CONTAMINACIÓN Y MEDIOAMBIENTE
Acreditación: Procedimiento mediante el cual un Organismo autorizado reconoce formalmente que una organización es competente para la realización de una determinada actividad de evaluación de la conformidad.
Actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera:Aquellas que por su propia naturaleza o por los procesos tecnológicos convencionales utilizados constituyen o pueden constituir un foco de contaminación atmosférica sistemática.
Aguas continentales: Extensiones de agua localizadas de la costa hacia el interior, por ejemplo, ríos, lagos, pantanos, etc.
Agua residual: Combinación de líquidos y residuos arrastrados por el agua procedente de casas, edificios comerciales, fábricas e instituciones, junto con cualquier agua subterránea, superficial o pluvial que pueda estar presente. Las cuatro fuentes de aguas residuales son: aguas domésticas o urbanas, aguas residuales industriales, aguas de usos agrícolas y aguas pluviales.
Aguas residuales domésticas: Las aguas residuales procedentes de zonas de vivienda y de servicios, generadas principalmente por el metabolismo humano y las actividades domésticas.
Aguas residuales urbanas: Las aguas residuales domésticas, o la mezcla de éstas con aguas residuales industriales o con aguas de escorrentía pluvial.
Almacenamiento de residuos: El depósito temporal de residuos, con carácter previo a su valorización o eliminación, por tiempo inferior a dos años o a 6 meses si se trata de residuos peligrosos, a menos que reglamentariamente se establezcan plazos inferiores. No se incluye en este concepto el depósito temporal de residuos en las instalaciones de producción con los mismos fines y por períodos de tiempo inferiores a los señalados en el párrafo anterior, si bien se podrán prever prórrogas de los plazos de almacenamiento como operación de producción. Reglamentariamente, podrán establecerse plazos inferiores a los señalados.
Análisis del ciclo de vida: Determinación del impacto medioambiental de un producto durante todas las etapas de su vida.
Aprovechamiento de residuos: Todo proceso industrial cuyo objetivo sea la recuperación o transformación de los recursos contenidos en los residuos.
Aspecto medioambiental: Elemento de las actividades, productos o servicios de una organización que puede interactuar con el medio ambiente.
Auditor: Persona o equipo de personas, pertenecientes a la empresa u organización o exteriores a ella, que actúan en nombre de la alta Dirección de la empresa para la realización de la auditoría del centro que implanta un Sistema de Gestión Medioambiental y que ha de ser suficientemente independiente de las actividades que audita como para poder emitir un dictamen objetivo.
Auditoría ambiental: Instrumento de gestión que comprende una evaluación sistemática, documentada, periódica y objetiva de la eficacia de la organización, el sistema de gestión y procedimientos destinados a la protección del medio ambiente y que tiene por objeto facilitar el control, por parte de la Dirección, de las prácticas que puedan tener efectos sobre el medio ambiente, y evaluar su adecuación a las políticas medioambientales de la empresa.
Autoridad Competente de Medio Ambiente: En el proceso de evaluación de impacto ambiental, la que, conforme a la normativa vigente, ha de formular la Declaración de Impacto Ambiental.
Autoridad Competente Sustantiva: Aquella que, conforme a la legislación aplicable al proyecto de que se trate, ha de conceder la autorización para su realización.
BAT: Acrónimo en inglés de mejor tecnología disponible.
BATNEC: Acrónimo en inglés de mejor tecnología disponible a costos asumibles.
Biodegradabilidad: Propiedad de un compuesto para ser degradado por la acción de microorganismos y otros seres vivos, o para ser descompuesto o absorbido en un medio natural.
Biodegradable: Sustancia capaz de ser asimilada (descompuesta y metabolizada) por el medio gracias a su naturaleza química.
Biodiversidad: Desde un punto de vista biológico, se define como la riqueza o variedad de especies, la cual puede ser expresada como el número de clases distintas por unidad de espacio o como la razón entre estas clases y el número de individuos totales y la abundancia relativa, o distribución de los individuos entre las distintas clases.
Bolsas de subproductos: Sistemas de información y gestión que promueven la transferencia de subproductos que tienen un cierto potencial de reciclaje y/o recuperación, entre empresas diferentes, en un entorno geográfico concreto.
Buenas prácticas: Medidas basadas en cambios organizativos y humanos fáciles de aplicar en cualquier empresa, para minimizar residuos y emisiones.
Buenas prácticas ambientales: Conjunto de acciones emprendidas para reducir los efectos medioambientales de una actividad productiva.
Calidad ambiental: Atributos mensurables de un producto o proceso que indican su contribución a la salud e integridad ecológica. Estado físico, biológico y ecológico de un área o zona determinada de la biosfera, en términos relativos a su unidad y a la salud presente y futura del hombre y las demás especies animales y vegetales.
Capacidad de asimilación: Capacidad del medio ambiente de resistir los efectos de la contaminación sin que se vean mermadas sus funciones.
Centro: Lugar determinado donde se llevan a cabo las actividades bajo control de una empresa u organización, incluyendo todo almacenaje anexo o asociado de materias primas, productos intermedios, subproductos, productos finales y residuos, así como toda la infraestructura y equipamiento relacionados con estas actividades, tanto si son fijas como si no lo son.
Certificación: Actividad que permite establecer la conformidad de una determinada empresa, producto, proceso o servicio con los requisitos definidos en normas o especificaciones técnicas.
Certificador: Toda persona u organización independiente de la empresa u organización sometida a certificación que haya obtenido una acreditación por parte de una entidad imparcial, designada o creada por los poderes públicos, para revisar que el sistema de gestión se adecua a la norma de acuerdo con la que se ha implantado.
Ciclo de auditoría: Período durante el cual se someten a auditoría todas las actividades de un centro determinado.
Comportamiento medioambiental: Son los resultados medibles del Sistema de Gestión Medioambiental, relativos al control de aspectos medioambientales de las actividades, productos y servicios de una organización basados en una política medioambiental, objetivos y metas.
Concesión: Otorgamiento gubernativo a favor de particulares o de empresas, bien sea para apropiaciones, disfrutes o aprovechamientos privados en el dominio público, según acontece en minas, aguas o montes, bien para ordenar, sustentar o aprovechar servicios de la Administración general o local.
60 €
70 €
70 €
70 €
98 €
225 €
70 €
52 €
Consumo sostenible: Es el uso de servicios y productos que cubran las necesidades básicas y aporten una mejor calidad de vida, reduciendo el consumo de recursos materiales y la generación de residuos peligrosos, todo ello con el fin de no hipotecar el futuro de las siguientes generaciones.
Contaminación: Liberación de sustancias que, de manera directa o indirecta, causan efectos adversos sobre el medio ambiente y los seres vivos. Existencia en el ambiente de contaminantes o agentes tóxicos o infecciosos que entorpecen o perjudican la vida, la salud y el bienestar del hombre, la fauna y la flora; que degradan la calidad del ambiente y, en general, el equilibrio ecológico y los bienes particulares y públicos.Introducción directa o indirecta en el medio ambiente, efectuada por el hombre, de cualquier tipo de sustancia que resulte nociva para la salud humana o la vida vegetal o animal, dañe los recursos vivos o los ecosistemas, estorbe el disfrute de los lugares de esparcimiento u obstaculice otros usos legítimos del medio ambiente.
Contaminación acústica: Emisión al medio ambiente de energías, en forma de ondas sonoras, que alteran el medio ambiente o las actividades de las personas y seres vivos.
Contaminación de fondo: La existente en un área definida antes de instalar un nuevo foco de contaminación.
Contaminación industrial: Contaminación provocada por el vertido de efluentes y residuos generados por el sistema productivo industrial, con secuelas negativas para el medio receptor y la salud humana.
Contaminación transfronteriza: Contaminación originada en un país y que cruza las fronteras a través del aire o del agua, dando como resultado unos efectos que sólo pueden ser mitigados mediante acuerdos internacionales, ya que el daño no se causa únicamente en el país productor de la contaminación.
Contaminante atmosférico: Partículas sólidas o líquidas, vapores y gases, contenidos en la atmósfera, que no forman parte de la composición normal del aire, o que están presentes en cantidades anormales.
Conservación: Gestión dirigida a la preservación y uso racional de los recursos naturales, para asegurar el mejor beneficio que tiende al desarrollo sostenible de la sociedad.
Cuenca hidrográfica: Es el territorio en que las aguas fluyen al mar a través de una red de cauces secundarios que convergen en un cauce principal único. La cuenca hidrográfica, como unidad de gestión del recurso, se considera indivisible.
Daño ambiental: Pérdida o perjuicio causado al medio ambiente o a cualquiera de sus componentes naturales o culturales.
Declaración de Impacto Ambiental: Pronunciamiento de la autoridad competente de medio ambiente, en el que se determina, respecto a los efectos ambientales previsibles, la conveniencia o no de la actividad proyectada, y en caso afirmativo, las condiciones que deben establecerse en orden a la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales.
Desarrollo sostenible: Modelo de desarrollo económico y social que permite satisfacer las necesidades actuales sin comprometer las necesidades de las generaciones futuras, abordando de forma integrada los aspectos medioambientales, económicos, sociales y territoriales.
Descontaminación: Conjunto de operaciones y procesos para la eliminación de la sustancia o sustancias que contaminan algún medio.
Dominio Público Hidráulico: Está constituido por las aguas continentales, tanto las superficiales como las subterráneas renovables (con independencia del tiempo de renovación), los cauces de las corrientes naturales, continuas o discontinuas, los lechos de los lagos, lagunas y embalses superficiales en cauces públicos y los acuíferos subterráneos, a los efectos de los actos de disposición o afección de los recursos hídricos.
Ecoeficiencia: Aumento en la producción de insumos y servicios, paralelo a una disminución en el consumo de recursos naturales y de energía, y a una disminución de los residuos y emisiones.El término ecoeficiencia hace referencia a la optimización del uso de recursos y energía del sistema industrial. Básicamente, consiste en producir más con menos, creando nuevos productos que permitan a la sociedad aumentar su bienestar al mismo tiempo que se reduce el nivel de consumo de recursos. Para ello, pude actuarse en tres niveles:
- El incremento de la productividad en el uso de los recursos y gestión de los residuos (a lo largo del ciclo de vida de los productos y mediante el establecimiento de relaciones sinérgicas entre diferentes procesos y actividades productivas).
- La introducción de criterios ambientales en el proceso de diseño (ecodiseño) y desarrollo tecnológico.
- La innovación, tratando de buscar nuevas formas de satisfacer a los clientes.
Educación ambiental: Cauce o instrumento encaminado a conseguir los objetivos de protección y preservación del medio ambiente, y que alcanza a todos los niveles y edades de la población.
Efecto medioambiental: Cambio en el medio ambiente perjudicial o beneficioso, de forma total o parcial, ocasionado directa o indirectamente por las actividades, productos y/o servicios de una empresa u organización.
Efluente: Producto de desecho de un proceso que se descarga al medio receptor.
Eliminación: Todo procedimiento dirigido, bien al vertido de los residuos o bien a su destrucción, total o parcial, realizado sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicios al medio ambiente. En todo caso, estarán incluidos en este concepto los procedimientos enumerados en el Anexo IIA de la Decisión de la Comisión (96/350/CE) de 24 de mayo de 1996, por la que se adaptan los anexos IIA y IIB de la Directiva del Consejo (75/442/CEE), relativa a los residuos.
EMAS: Reglamentación de la Unión Europea relacionada con los Sistemas de Gestión Medioambiental; permite la participación voluntaria de las compañías de los sectores industriales en un Programa Europeo de Ecogestión y Ecoauditorías.
Emisión: Lanzamiento de materiales al aire, ya sea por un foco localizado (emisión primaria) o como resultado de reacciones fotoquímicas o cadena de reacciones iniciadas por un proceso fotoquímico (emisión secundaria). En general, cualquier liberación de sustancias o energía desde un proceso o instalación al medio ambiente, en un período de tiempo determinado.
Emisiones canalizadas: Emisiones realizadas a través de conductos expresamente construidos o instalados a tal efecto.
Emisiones difusas: Emisiones que no provienen de una fuente puntual.
Entidad Colaboradora de la Consejería de Medio Ambiente: Entidades públicas o privadas, con personalidad jurídica propia, que se constituyen con la finalidad de ejercer las funciones de ensayo, inspección y control en el ámbito de la protección ambiental.
Entidad de Acreditación: Organismo cuya función consiste en asegurar el estándar y fiabilidad de los organismos certificadores para llevar a cabo el proceso de certificación.
Envasadores: A los efectos de la Ley 11/1997 de Envases y Residuos de Envases, se entiende por envasador aquella empresa que ponga en el envase su nombre, denominación social, marca o código de barras. Para aquellos casos de marcas blancas en que no sea factible identificar al envasador, la responsabilidad de cumplir las obligaciones derivadas de la normativa de envases y embalajes recae sobre la marca de distribución que comercialice el producto.
Envase: Todo producto fabricado con materiales de cualquier naturaleza y que se utilice para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías, desde materias primas hasta artículos acabados, en cualquier fase de la cadena de fabricación, distribución y consumo. Se considerarán también envases todos los artículos desechables utilizados con este mismo fin. Dentro de este concepto se incluyen únicamente los envases de venta o primarios, los envases colectivos o secundarios y los envases de transporte o terciarios.
Envase colectivo o envase secundario: Todo envase diseñado para constituir en el punto de venta una agrupación de unidades de producto, tanto si va a ser vendido como tal al usuario o consumidor final, como si se utiliza únicamente como medio de reaprovisionar los anaqueles en el citado punto, pudiendo ser separado del producto sin afectar a las características del mismo. Un ejemplo sería la caja de cartón que contiene 12 briks de leche.
Envase de transporte o envase terciario: Todo envase diseñado para facilitar la manipulación y el transporte de varias unidades de venta o de varios envases colectivos, con objeto de evitar su manipulación física y los daños inherentes en el transporte.
Envase de venta o envase primario: Todo envase diseñado para constituir en el punto de venta una unidad de venta destinada al consumidor o usuario final, ya recubra el producto por entero o sólo parcialmente, pero de tal forma que no pueda modificarse el contenido sin abrir o modificar dicho envase.
Envase usado: Todo envase reutilizable que, una vez consumido el producto en él contenido, sea susceptible de ser reintegrado por su poseedor en el mismo proceso económico para el que fue concebido o diseñado.
Etiquetado Ecológico: Es un instrumento de la gestión medioambiental de la empresa, de carácter correctivo y función distintiva e informativa. Menciones, indicaciones, marcas de fábrica o de comercio, imágenes o signos que figuren en envases, documentos, letreros, etiquetas, anillas o collarines que acompañan o se refieren a los productos ecológicos.
Estación de transferencia: Instalación donde se efectúa la concentración de residuos con el fin de conseguir condiciones de idoneidad para su traslado conjunto a las plantas de tratamiento.
Estudio de Impacto Ambiental: Documento técnico que debe presentar el titular del proyecto, y base sobre la que se realiza la Declaración de Impacto Ambiental. Este estudio deberá identificar, describir y valorar de manera apropiada, y en función de las particularidades de cada caso concreto, los efectos notables previsibles que la realización del proyecto produciría sobre los distintos aspectos ambientales.
Evaluación de Impacto Ambiental: El conjunto de estudios y sistemas técnicos que permiten estimar los efectos que la ejecución de un determinado proyecto, obra o actividad causa sobre el medio ambiente.
Gestión: La recogida, el almacenamiento, el transporte, la valorización y la eliminación de los residuos, incluida la vigilancia de estas actividades, así como la vigilancia de los lugares de depósito o vertido después de su cierre.
Gestión ambiental: Conjunto de operaciones técnicas necesarias para articular las relaciones de los seres humanos con el medio ambiente. Esta gestión se subdivide en diferentes sectores: la gestión de los recursos o conjunto de acciones que tienden a optimizar su utilización en términos energéticos; la gestión de los residuos, que incluye las actuaciones que pretenden minimizar los efectos desfavorables para el entorno provocados por el vertido de residuos y la gestión de los ecosistemas o de los propios sistemas-soporte de los recursos y los deshechos.
Gestión de residuos: Conjunto de actividades encaminadas a dar a los mismos el destino más adecuado y de acuerdo con sus características, para la protección de la salud humana, los recursos naturales y el medio ambiente. Comprende las operaciones de recogida, almacenamiento, transporte, tratamiento y elaboración, y las transformaciones necesarias para su reutilización, su recuperación o su reciclaje.
Gestor de residuos: La persona o entidad, pública o privada, que realice cualquiera de las operaciones que componen la gestión de los residuos, sea o no el productor de los mismos.
Homologación: Certificación por parte de la Administración Pública de que el prototipo de un producto cumple los requisitos técnicos reglamentarios.
Impacto Ambiental: Cualquier acción transformadora o cambio ocasionado directa o indirectamente por las actividades, productos y servicios de una organización en el medio ambiente, sea ésta perjudicial o beneficiosa.
Implantación: El término “implantación” se puede definir desde dos perspectivas. Desde una perspectiva global, la implantación es el proceso de aplicación de esfuerzos en la empresa con el objetivo de establecer un Sistema de Calidad o de Gestión del Medio Ambiente. El proceso de implantación se inicia, pues, con la decisión de la dirección de implantar el sistema. Desde una perspectiva específica, la implantación es el proceso de puesta en práctica de lo establecido en la base documental de un sistema.
Informe de Impacto Ambiental: Documento en el que se presentan los resultados de una EIA (Evaluación de Impacto ambiental). Responde a los lineamientos de una guía elaborada al efecto.
Inmisión: Concentración de contaminantes en la atmósfera a nivel del suelo, de modo temporal o permanente.
Instrumentos de gestión ambiental: Conjunto de herramientas para llevar a cabo la gestión del medio ambiente. Dichas herramientas pueden operar de dos formas: preventiva y correctora.
Intercambio de residuos: Utilización de los residuos generados en una industria determinada por otra que los emplea como materia prima sin que sufran proceso alguno.
Internalizar: Conseguir que el agente contaminador asuma sus responsabilidades por contaminar, bien controlando las emisiones y vertidos contaminantes, instalando aparatos que minimicen la polución, utilizando materia prima “limpia”, disminuyendo la producción de contaminación o aplicándole instrumentos que graven las actividades que directa o indirectamente perjudican el entorno natural.
ISO: Federación mundial, constituida en 1947, de 127 organizaciones de normalización nacionales (una por cada Estado), cuyo objetivo es facilitar el comercio internacional de bienes y servicios a través del desarrollo de la normalización. A pesar de ser una organización no gubernamental y tener una naturaleza voluntaria en la aplicación de las normas por ella emitidas, la ISO ha alcanzado una enorme aceptación.
ISO 14001: Norma internacional idéntica a la norma europea EN-ISO 14001 y a la española UNE-EN-ISO 14001, que regula los Sistemas de Gestión Ambiental.
Legislación básica ambiental: La legislación que el Estado establece basándose en valores mínimos que buscan la uniformización necesaria en todo el territorio español, respetando la facultad de las Comunidades Autónomas para elaborar normas que desarrollen esta legislación estatal.
Límite de vertido: Cantidades máximas admisibles vertidas durante cierto período de tiempo, así como las concentraciones máximas admisibles en un vertido, que se fijan específicamente para cada sustancia.
Manual de gestión ambiental: Constituye la herramienta central de los documentos clave que se requieren para mantener y auditar el Sistema de gestión medioambiental. Se trata de una referencia básica que reúne los elementos clave de un Sistema de gestión medioambiental, en la cual se documentan las responsabilidades y describen las interacciones entre los componentes del sistema.
Medidas correctoras: Medidas o acciones tomadas por la empresa con el fin de subsanar los errores o no conformidades que se hayan podido producir a lo largo del proceso productivo.
Medio ambiente: El agua, el aire, el suelo, el subsuelo, la flora, la fauna y las personas, así como las relaciones de estos elementos entre sí.
Medio receptor: Entorno donde se descargan finalmente las aguas residuales tratadas o no (acequias, canales, ríos, mar, barrancos, colectores, etc.).
Mejora continua: Proceso programado, sistemático y periódico con el objeto de mejorar el comportamiento medioambiental de la empresa en su conjunto, de acuerdo con su política medioambiental. Las mejoras son resultado de un esfuerzo continuado en la línea marcada por la política ambiental de la organización.
Mejores técnicas disponibles: Técnicas más eficaces para alcanzar un alto nivel general de protección del medio ambiente en su conjunto y de la salud de las personas, desarrolladas a una escala que permita su aplicación en el contexto del correspondiente sector industrial, en condiciones económicas y técnicamente viables.
Mercancías peligrosas: Aquellas materias y objetos cuyo transporte por carretera está prohibido o autorizado exclusivamente bajo las condiciones establecidas en el ADR (Acuerdo Europeo relativo al Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas) o en la normativa específica reguladora del transporte de mercancías peligrosas.
Meta medioambiental: Requisito detallado de actuación (ISO 14000).
Minimización de la contaminación: Adopción de las medidas organizativas, operativas y tecnológicas necesarias para disminuir (hasta niveles económica y técnicamente factibles) la cantidad y peligrosidad de los residuos generados. Son instrumentos de minimización: la reducción en origen, el reciclado y la recuperación de componentes y/o energía contenidos en los residuos.
Nivel de emisión: Cantidad de un contaminante emitido a la atmósfera por un foco fijo o móvil, medido en una unidad de tiempo.
Nivel de inmisión: Cantidad de contaminantes sólidos, líquidos o gaseosos, por unidad de volumen de aire, existente entre 0 y 2 m de altura sobre el suelo.
Niveles de emisión: La concentración máxima admisible de cada tipo de contaminante en los vertidos a la atmósfera, medida en peso o volumen, según la práctica corriente internacional, y en las unidades de aplicación que corresponda a cada uno de ellos. El nivel de emisión puede también venir fijado por el peso máximo de cada sustancia contaminante vertida a la atmósfera sistemáticamente en un período determinado o por unidad de producción.
Niveles de inmisión: Aquellos límites máximos tolerables de presencia en la atmósfera de cada contaminante, aisladamente o asociado con otros. Los primeros permiten detectar fácilmente el foco que emite los gases y materias que contaminan la atmósfera y comprobar si está o no infringiendo lo dispuesto en las normas. Estos niveles son fijados por el Gobierno.
Norma: Especificación técnica de aplicación repetitiva o continuada cuya observancia no es obligatoria, establecida con la participación de todas las partes interesadas, que aprueba un organismo reconocido por su actividad normativa, a nivel nacional o internacional.
Normalización: Actividad por la que se unifican criterios respecto a determinadas materias y se posibilita la utilización de un lenguaje común en un campo de actividad concreto.
Objetivo ambiental: Metas concretas expresadas en términos de eficacia medioambiental.
Objetivo medioambiental: Fin global que la organización se propone alcanzar (ISO 14000).
Organismo de control: Entidades que realizan, en el ámbito reglamentario, actividades de certificación, ensayo, inspección o auditoría, en materia de seguridad industrial.
Organismo de Cuenca: Entidades de Derecho público independientes para regir y administrar su ámbito territorial de actuación, el cual vendrá definido reglamentariamente y comprenderá una o varias cuencas hidrográficas indivisas, con la sola limitación derivada de las fronteras internacionales.
Organismos de Normalización: Son las entidades o instituciones encargadas de elaborar las normas.
Parte interesada: Cualquier entidad, organismo, asociación, grupo o persona que tenga interés en los efectos medioambientales de las actividades de una organización.
Peligros para el medio ambiente: Las sustancias y preparados que presenten o puedan presentar un peligro inmediato o futuro para uno o más componentes del medio ambiente.
Política medioambiental: Compromiso de la Dirección de la empresa, respecto a su comportamiento medioambiental. Ha de ser apropiada a la naturaleza, tamaño e impactos ambientales de las actividades, productos y servicios de la empresa. Ha de incluir el compromiso de mejora continua y de prevención de la contaminación, de cumplir con la legislación y reglamentación medioambiental y otros requisitos suscritos por la organización.
Poseedor: El productor de los residuos o la persona física o jurídica que los tenga en su poder y que no tenga la condición de gestor de residuos.
Prevención: Preparación y disposición que se hace anticipadamente para evitar un riesgo o ejecutar una cosa. En el área medioambiental: el conjunto de medidas destinadas a evitar la generación de residuos o a conseguir su reducción, o la de la cantidad de sustancias peligrosas o contaminantes presentes en ellos.
Proceso productivo: Proceso en el que materiales, información y productos se transforman para obtener un nuevo producto.
Producto ecológico: Aquel producto que es más respetuoso con el medio ambiente que otros productos equivalentes, teniendo en cuenta todas las etapas de su vida, desde su producción hasta su total eliminación.
Productor de residuos: Cualquier persona física o jurídica cuya actividad -excluida la derivada del consumo doméstico- produzca residuos o que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla, o de otro tipo que ocasionen un cambio en la naturaleza o de composición de esos residuos. Tendrá también carácter de productor el importador de residuos o adquirente en cualquier Estado miembro de la UE.
Programa de gestión ambiental: Es un plan documentado que identifica cómo se cumplirán los objetivos y las metas, quién es el responsable de cada actividad para cumplir tales objetivos y metas y un cronograma de realización de actividades. Básicamente describe los medios y métodos a seguir para el correcto cumplimiento de objetivos, especificando los responsables.
Protección ambiental: Área de conocimiento multidisciplinaria encargada de promover la conservación del medio ambiente, estableciendo controles y desarrollando investigaciones en los campos de la contaminación, educación y estudios de impacto ambiental, procurando la armonía de las actividades de la empresa con el entorno natural, en acatamiento de la normativa y legislación nacional e internacional.
PYME: Acrónimo de Pequeña y Mediana Empresa. No obstante, el término tiene un significado económico más amplio, que no sólo tiene en cuenta el tamaño de la empresa (valorado en número de empleados o facturación) sino que alude al propio modo de gestión de la empresa.
Reciclaje: Transformación de los residuos dentro de un proceso de producción, para su fin inicial o para otros fines, incluido el compostaje y la biometanización, pero no la incineración con recuperación de energía.
Reciclar: Supone aprovechar los residuos para su fin inicial o para otros fines con la excepción de la producción de energía.
Recogida selectiva: Sistema de recogida diferenciada de materiales orgánicos fermentables y de materias reciclables, así como cualquier otro sistema de recogida diferenciada que permita la separación de los materiales valorizables contenidos en los residuos.
Recuperación (residuos): Utilización del residuo generado en otro proceso distinto del que lo ha producido, de forma que se podrá introducir en el nuevo proceso directamente o mediante algún tratamiento previo.
Red de saneamiento: Infraestructura destinada a la recogida y canalización de las aguas residuales domésticas e industriales. Comprende como elementos más destacados el alcantarillado y los colectores.
Reducción: Disminución del volumen o la peligrosidad de los residuos generados.
Regeneración: Procedimiento al que es sometido un producto usado o desgastado a los efectos de devolverle las cualidades originales que permitan su reutilización.
Registro (en gestión ambiental): Lo integran los diferentes documentos que forman un Sistema de Gestión Medioambiental funcional, incluyendo la política ambiental, los objetivos y metas, los programas de gestión ambiental, los procedimientos y los documentos que contienen datos que sirven de marco de referencia del Sistema de Gestión Medioambiental.
Residuo: Cualquier sustancia u objeto perteneciente a alguna de las categorías que se determinen legalmente, y del cual su poseedor se desprenda o del que tenga la intención o la obligación de desprenderse.
Residuo de envase: Todo envase o material de envase del cual se desprenda su poseedor o tenga la obligación de desprenderse en virtud de las disposiciones en vigor.
Residuo industrial: Residuo o derivado de un proceso de fabricación, transformación, utilización, consumo o limpieza cuyo poseedor destine al abandono o del que tenga la intención u obligación de desprenderse.
Residuos peligrosos: Aquellos que figuran en la lista de residuos peligrosos, así como los recipientes y envases que los hayan contenido. Son también residuos peligrosos los que hayan sido calificados como tales por la normativa comunitaria y los que puedan aprobar el Gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa europea o en convenios internacionales de los que España sea parte. De igual modo, son residuos peligrosos aquellos que, aun no figurando en la lista de residuos peligrosos, tengan tal consideración de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 952/1997, de 20 de junio.
Residuos sanitarios: Los residuos procedentes de hospitales, clínicas, clínicas veterinarias, centros asistenciales, etc. Consisten en restos de comida, papel, cartón, plásticos, material de curas, yesos, ropas, etc., y otro tipo de residuos peligrosos como restos anatómicos, sangre, medicamentos caducados, infecciosos, punzantes, citostáticos, vacunas, residuos de laboratorio, residuos líquidos, etc.
Residuos urbanos o municipales: Los generados en los domicilios particulares, comercios, oficinas y servicios, así como todos aquellos que no tengan la calificación de peligrosos y que por su naturaleza o composición puedan asimilarse a los producidos en los anteriores lugares o actividades.
Responsabilidad: Deuda, obligación de reparar y satisfacer, por sí o por otro, a consecuencia de delito, de culpa o de otra causa legal.
Reutilización (residuos): Empleo de un producto usado para el mismo fin para el que fue diseñado originalmente.
Sistema de Gestión: Estructura de procesos y procedimientos utilizados para asegurar que la organización pueda desarrollar eficaz y eficientemente las acciones requeridas para alcanzar sus objetivos.
Sistema de Gestión Medioambiental (SGMA): Parte del sistema global de gestión que incluye la estructura organizativa, las actividades de planificación, las responsabilidades, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos para desarrollar, implementar, lograr, revisar y mantener la política ambiental.
Subproducto industrial: Todo material que se genera como consecuencia no deseada de una actividad industrial destinada a la obtención de otro producto elaborado final.
Suelo contaminado: Todo aquel cuyas características físicas, químicas o biológicas han sido alteradas negativamente por la presencia de componentes de carácter peligroso de origen humano, en concentración tal que comporte un riesgo para la salud humana o el medio ambiente, de acuerdo con los criterios y estándares que se determinen por el Gobierno.
Tecnología limpia: Conjunto de procesos, técnicas y procedimientos productivos, que generan menos residuos y emisiones que las tecnologías empleadas normalmente en la industria para obtener productos similares.
Tratamiento de residuos: Conjunto de operaciones encaminadas a la eliminación de los desechos y residuos o al aprovechamiento de los recursos contenidos en ellos.
Usos industriales del agua: Consumos de agua realizados desde locales utilizados para efectuar cualquier actividad comercial o industrial.
Valorización: Todo procedimiento que permita el aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan perjudicar al medio ambiente.
Verificador medioambiental: Entidad u organismo dotado de infraestructura acreditada para la seguridad industrial, con el cometido de examinar las políticas, programas, sistemas de gestión, procedimientos de evaluación y de auditoría y declaraciones en materia de medio ambiente industrial, así como de realizar la validación de estas últimas.
Vertido: Efluente residual evacuado fuera de las instalaciones de los establecimientos industriales y/o especiales, con destino directo o indirecto a colectoras, cloacas, conductos pluviales, cursos de agua y el suelo, ya sea mediante evacuación o depósito.
Vertido de aguas residuales: Se considera vertido la deposición de efluentes realizada directa o indirectamente en los cauces, cualquiera que sea su naturaleza, así como los que se lleven a cabo en el subsuelo o sobre el terreno, balsas o excavaciones, mediante evacuación, inyección o depósito. Es el vertido que no pasa por ninguna operación de tratamiento antes de ser vertido al medio receptor.
Vertido indirecto: Vertido no directo, es decir, el que se realiza en alcantarillado, redes de saneamiento, estaciones de depuración, canales de desagüe, de pluviales y azarbes.